
(Pendiente)
(2º Trimestre del año)
(4º Trimestre del año)
(cobro semestral)
En este punto indicar que el “Canon de saneamiento” es un impuesto con finalidad ecológica, que es un recurso tributario de la Comunidad Autónoma, fundamentalmente destinado a la financiación de actividades de saneamiento y depuración de aguas residuales.
A partir del 1 de enero de 2005 la tarifa aplicable es un fijo de 1,83 euros, por sujeto pasivo y mes; y 0,22 euros/ metro cúbico; en el caso de uso industriales el fijo se eleva a 7,315 euros por sujeto pasivo y mes, y un tipo aplicable según la carga contaminante.
La basura es recogida, puerta a puerta, 4 veces por semana (Domingo, Lunes, Miércoles y Viernes).
El importe es 15,03 euros al año para viviendas y locales comerciales, siendo de 24,04 euros para bares, cafeterías o establecimientos similares.
En lo que respecta al vertido se cobra una ccuota anual por conservación de la red de alcantarillado público, que en el caso de las viviendas supone 6,01 euros y 12,02 euros para locales e industrias.


