REQUISITOS PARA FORMALIZAR LA MATRÍCULA

El número de plazas que se oferten para cada curso se hará público con la convocatoria para la presentación de solicitudes.

Para alumnos que se matriculen por primera vez, la presentación de solicitudes de matrícula se efectuará dentro del plazo que establezca el Ayuntamiento, el cual no podrá ser inferior a quince días y dentro del período comprendido entre el 1 de mayo y el 31 de junio. Dicha solicitud tan solo podrá ser suscrita por el padre, madre, tutor o persona que tenga encomendada la guarda o acogimiento del menor o, en general, su representación legal.

La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General del Ayuntamiento, garantizándose el horario mínimo de atención al público establecido.

El proceso de matriculación y selección será el siguiente:

  • Solicitud de plaza. Tendrán preferencia para la solicitud de plaza las familias que estén empadronadas y tengan su residencia efectiva en Figueruelas.
    Las solicitudes presentadas dentro del plazo establecido se ordenarán por número de registro en el Ayuntamiento. Las solicitudes que excedan del número de plazas ofertadas pasarán a formar parte de la de lista de espera.
  • Publicación de las listas provisionales de admitidos y de las listas provisionales de espera en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
  • Presentación de reclamaciones en el Registro del Ayuntamiento dentro del plazo de cinco días hábiles.
  • Resolución de reclamaciones y selección definitiva por la comisión de admisión de los alumnos admitidos.
  • Publicación de listas definitivas de admitidos y listas definitivas de espera en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

En el supuesto de que el número de solicitudes sea inferior al número de plazas ofertadas se publicará la lista definitiva de admitidos en el tablón de anuncios.

Una vez efectuadas y publicadas las listas definitivas de admitidos, los seleccionados deberán formalizar la matrícula dentro del plazo de doce días hábiles.

Los alumnos incluidos en la lista de espera serán llamados siguiendo el orden de esta, teniendo preferencia los solicitantes empadronados residentes en Figueruelas.

RENOVACIÓN AUTOMÁTICA DE MATRÍCULA

Los alumnos que se encuentren matriculados y de alta, a la finalización de un curso quedarán matriculados automáticamente para el curso siguiente, salvo que se solicite la baja.

La comisión de admisión es el órgano encargado de la revisión de la documentación presentada por los padres y de la selección de propuestas en el caso de que el número de solicitudes exceda el número de plazas disponibles.

La comisión de admisión estará compuesta por:

  • El profesor-director del centro o funcionario municipal.
  • Un trabajador social dependiente de la Comarca.
  • El alcalde o concejal delegado de Educación del Ayuntamiento de Figueruelas. en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Dicho órgano podrá requerir la asistencia y asesoría de otros profesionales en el caso de que se considere necesario.

DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA LA SOLICITUD DE MATRÍCULA

Los solicitantes deberán aportar la documentación que a continuación se indica:

  • Solicitud de matrícula (Se recoge en el Ayuntamiento).
  • Fotocopia del DNI, pasaporte o carné de conducir en vigor del solicitante (en caso de extranjeros, fotocopia del pasaporte, tarjeta de residencia o documento oficial que acredite de forma fehaciente la identidad del solicitante).
  • Fotocopia del libro de familia.
  • Fotocopia de la cartilla de vacunación del niño, debiendo acreditarse el suministro de las vacunas requeridas para la edad correspondiente.

En los casos en que se alegue esta circunstancia:

  • Fotocopia de la sentencia de separación, nulidad o divorcio y convenio regulador, en su caso.
  • Copia autenticada de la resolución que otorgue la tutela, la guarda o el acogimiento del menor.

JUSTIFICACIÓN DE RENTAS ANUALES

Los solicitantes deberán aportar la documentación que a continuación se indica:

  • a) Última declaración de la renta de las personas físicas del padre y madre o tutores completa y del resto de miembros de la unidad familiar, y copias de las últimas nóminas.
    A efectos de la determinación de la capacidad económica, se considerará renta familiar la suma de la base liquidable general y la base liquidable del ahorro de las declaraciones del IRPF de los miembros de la unidad familiar.
    En el caso de personas no obligadas a declarar, deberán presentar: Certificado de la AEAT en el que conste que el solicitante no figura como declarante, y copia del certificado de retenciones presentado por la empresa donde trabaje el declarante referido al anterior ejercicio fiscal.
    Constituye una «unidad familiar» aquella integrada por los cónyuges (o personas unidas por análoga relación de afectividad), no divorciados, separados legalmente, o cuyo vínculo matrimonial se hubiera disuelto o declarado nulo, y sus hijos menores de 18 años o mayores incapacitados o sometidos a tutela, con excepción en ambos casos de aquellos que vivan independientes con el consentimiento de sus padres o tutores. La unidad familiar monoparental será aquella compuesta exclusivamente por un padre o madre o tutor legal y sus hijos que cumplan los requisitos anteriormente enunciados y convivan con él.
    En el caso de trabajadores autónomos, última declaración trimestral de los ingresos trimestrales a cuenta del impuesto sobre la renta de las personas físicas y resumen del IVA (modelo 390).
  • b) En el caso de jubilación, invalidez, desempleo, asistencia social, viudedad, orfandad o cualquier otra situación por la que se perciba una prestación periódica certificado expedido por el organismo oficial correspondiente.
  • c) Documentación justificativa de otras circunstancias especiales. Todas las circunstancias que los solicitantes aleguen deben ser justificadas documentalmente.
    La ocultación de fuentes de ingresos de cualquier naturaleza dará lugar, previa audiencia del interesado, a la revisión de la correspondiente cuota con efectos retroactivos.
    La posible variación de las circunstancias económicas o familiares del usuario una vez determinada la cuota, deberá ser comunicada al Ayuntamiento, no teniendo efecto hasta el curso escolar siguiente.
    Excepcionalmente, en el caso de que documentalmente se justifique de forma suficiente un cambio sustancial de las circunstancias económicas, dicha variación, previa valoración por los servicios municipales, tendrá efecto al mes siguiente de la decisión favorable del órgano municipal competente.

La justificación de hallarse empadronado y tener residencia efectiva en la localidad de Figueruelas y la composición de la unidad de convivencia se comprobará desde el Ayuntamiento en cada uno de los casos. No obstante, quienes así lo consideren conveniente, podrán adjuntar certificado emitido por el Ayuntamiento al respecto, que deberán solicitar previamente.

La comisión de admisión podrá requerir a los padres documentación complementaria a la presentada en el caso de necesitarla o bien requerir datos complementarios a otras Administraciones Públicas.

FORMALIZACIÓN DE MATRÍCULA

Los padres o tutores o representantes legales de los alumnos admitidos, según lista definitiva publicada, deberán aportar para la adecuada formalización de la matrícula, la siguiente documentación complementaria a la ya presentada:

  • a) Tres fotografías tamaño carné del niño. Las fotos se entregarán en septiembre o cuando el niño/a vaya a comenzar la escuela.
  • b) Fotocopia de la tarjeta del Servicio Aragonés de Salud.
  • c) Impreso con los datos del banco o caja donde se domiciliará el pago de la tasa.